Reforma al artículo innumerado 3, de la ley reformatoria al título V, libro II, del código de la niñez y adolescencia, en lo que respecta a la devolución del pago indebido de las pensiones alimenticias

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Date
2015-12-20
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Publisher
Quito: Universidad de los Hemisferios, 2015
Abstract
La Constitución de la República del Ecuador del 2008, protege los derechos de todos los ecuatorianos, pero principalmente los derechos de grupos prioritarios como la familia, niñez y adolescencia. Es por esta razón que la Constitución ha creado mecanismos para que la niñez y adolescencia puedan tener lo necesario para su desarrollo integral, una de esas herramientas es el juicio de alimentos, que se lo impone al presunto progenitor para que se haga responsable de pagar una mensualidad para el debido sustento de sus hijos. Pero en la mayoría de veces este gravamen se le impone a una persona que después dentro del juicio de alimentos, de acuerdo con las pruebas aportadas, se declara que no es el padre del menor, y pese a esto ha pagado la pensión provisional que fijo el Juez y por eso al saber que no es el padre, pide el reembolso de lo pagado, pero le niegan porque la ley es clara al establecer que el pago de pensiones alimenticias no admite reembolso.
Description
Tutor: Doctor Abelardo Posso Serrano \ iBibliografía
Keywords
código de la niñez y adolescencia-Ecuador, Pensiones Alimenticias, Ley reformatoria-Ecuador
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