FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ECUATORIANO RELATIVAS A LAS IGLESIAS CONFESIONES Y ENTIDADES RELIGIOSAS
dc.contributor.author | Baquero, Jaime | |
dc.date.accessioned | 2017-02-23T14:33:23Z | |
dc.date.available | 2017-02-23T14:33:23Z | |
dc.date.issued | 2006 | |
dc.description | Artículo de Reflexión | en_US |
dc.description.abstract | I. FUENTES DEL DERECHO ECUATORIANO REGULADORAS DEL FENÓMENO RELIGIOSO. A. La Constitución Política Vigente (1998). 1. Evolución histórica del constitucionalismo ecuatoriano. 2. La referencia a Dios en el Preámbulo de la Constitución. 3. La libertad de religión en la Constitución. 4. La libertad de asociación en la Carta Magna. 5. Remisión constitucional a los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. B. La Ley de Cultos (1937). 1. Contexto histórico en el que se promulgó la Ley. 2.2 Naturaleza jurídica dela Ley de Cultos. 3. Configuración de la personalidad jurídica de las organizaciones religiosas. C. El Modus Vivendi entre el Ecuador y la Santa Sede (1937). 1. Su relación con la Ley de Cultos. 2. La personalidad jurídica de las diócesis y demás organizaciones e instituciones católicas. D. El Reglamento de Cultos Religiosos. II ELEMENTOS DE DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO CONTENIDOS EN EL CONCEPTO <<ENTIDAD RELIGIOSA>>. A. El denominado<<Cometido público de las Iglesias>>. B. Elementos de carácter privado. III LA ADQUISICIÓN DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA EN LAS ENTIDADES RELIGIOSAS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ECUATORIANO: EL REGISTRO DE ENTIDADES RELIGIOSAS. A. Características del Registro de entidades religiosas. 1. Es un registro autónomo. 2. Es un Registro Jurídico. 3. Es un registro de personas jurídicas. 4.Es un registro especial. 5. Es un registro público. 6. Es un medio de prueba de las entidades religiosas. 7. Es un Registro voluntario. B. La calificación de las entidades religiosas. 1. El título inscribible. 2. Titularidad de la potestad calificadora: el Ministro de Gobierno. 3. El Acuerdo ministerial: discrecionalidad del Ministro de Gobierno a la hora de calificar una entidad como religiosa. C. El procedimiento de inscripción de las entidades religiosas. 1. Iniciación. 2. Instrucción. 3. Resolución. 4. Inscripción. 5. Publicación en el Registro Oficial. 6. Recursos. 7. Efectos generales de la personificación civil. | en_US |
dc.description.sponsorship | Universidad de los Hemisferios- Facultad de Ciencias Políticas y jurídicas | en_US |
dc.identifier.citation | Baquero. J, Ciencia, FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ECUATORIANO RELATIVAS A LAS IGLESIAS CONFESIONES Y ENTIDADES RELIGIOSAS, 2005-06,N. 21, pp 15-73 | en_US |
dc.identifier.issn | 0214-3100 | |
dc.identifier.uri | http://dspace.uhemisferios.edu.ec:8080/xmlui/handle/123456789/542 | |
dc.language.iso | es | en_US |
dc.publisher | EUNSA | en_US |
dc.subject | Derecho Canónico | en_US |
dc.subject | Registro Autónomo | en_US |
dc.subject | Registro Jurídico | en_US |
dc.subject | Registro de entidades religiosas | en_US |
dc.subject | Registro de Personas Jurídicas | en_US |
dc.title | FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ECUATORIANO RELATIVAS A LAS IGLESIAS CONFESIONES Y ENTIDADES RELIGIOSAS | en_US |
dc.type | Article | en_US |
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