Vulneración de la tutela judicial efectiva en la fase de ejecución de las sentencias en acción de protección.

dc.contributor.authorPucachaqui Llumiquinga, Cristina Elizabeth
dc.date.accessioned2022-12-06T13:59:01Z
dc.date.available2022-12-06T13:59:01Z
dc.date.issued2022-11-15
dc.descriptionTutor: Dr. Hugo Montalvo \ Bibliografíaen_US
dc.description.abstractSe reconoce garantías constitucionales que no se conocen ni se resuelven de forma directa por la Corte Constitucional, como en los casos de la acción de protección, esto conforme el Art. 88 de la Constitución en concordancia con el Art. 39 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional. En base a lo expuesto, la acción de protección se tramita ante los jueces de primera instancia, pero esto no quita que la resolución de esta garantía deba ser ejecutada, puesto que la Constitución en el Art. 86.3 inc 2 y el Art. 162 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, norman que las sentencias que se emiten en los procesos de garantía de derechos son de obligatorio cumplimiento, tanto es así, que en caso de incumplimiento se encuadra la destitución del funcionario remiso, o la sanción legal al natural que recaiga en esta omisión, así también serán responsables civil y penalmente de ser el caso. En general la obligación de que se ejecute de la sentencia y que se cumpla por parte del destinatario de la misma, es mandato constitucional conforme el Art. 86.4 de la Constitución. Respecto a la metodología, es pertinente que se divida el análisis de manera individual, con la finalidad de especificar la dinámica que se aplica con relación a estos dos paradigmas. En este sentido, en la operacionalización de las variables dispuestas en la temática, en este caso la vulneración de la tutela judicial efectiva en la ejecución de las sentencias de acción de protección es pertinente aplicar este método para que se pueda recopilar la información que forma parte de la estructura del problema, para que los resultados se revistan de validez por la determinación objetiva que generan las fuentes formales del derecho. Respecto del parámetro inductivo, este no sería eficiente si su actuación se enmarca en independencia del deductivo, pues de acuerdo a lo expuesto con anterioridad, estos dos métodos deben integrarse entre sí.en_US
dc.identifier.urihttp://dspace.uhemisferios.edu.ec:8080/xmlui/handle/123456789/1582
dc.language.isoesen_US
dc.publisherQuito: Universidad Hemisferios 2022en_US
dc.relation.ispartofseriesCiencias Jurídicas;254
dc.subjectAcciónen_US
dc.subjectprotecciónen_US
dc.subjecttutelaen_US
dc.subjectjudicialen_US
dc.subjectefectivaen_US
dc.subjectjusticiaen_US
dc.subjectderechosen_US
dc.titleVulneración de la tutela judicial efectiva en la fase de ejecución de las sentencias en acción de protección.en_US
dc.title.alternativeTesis para la obtención del Título de Máster de Investigación en Derecho, con mención en Derecho Constitucional, Derechos Humanos y Ambientalesen_US
dc.typeThesisen_US
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Trabajo de titulación de Cristina Elizabeth Pucachaqui Llumiquinga
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