Ciencias Jurídicas y Políticas
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Tesis de la Carrera de Ciencias Jurídicas y Políticas
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- ItemAbuso de la posición dominante en el Derecho de Defensa de la competencia en la modalidad de abuso de procesos legales o administrativos(Quito-Ecuador, Universidad de los Hemisferios, 2012-07-01) Srolis Torres, Nicole
- ItemAcciones Afirmativas para Niños, Niñas y Adolescentes con Discapacidad en Materia de Educación en Ecuador.(Quito: Universidad Hemisferios 2021, 2021-10-05) Hidrobo Sigüencia, Gabriela AlexandraLa presente investigación se ha propuesto como objetivo determinar si las medidas de acción afirmativa han contribuido o no en la práctica a la inclusión en materia de acceso a la educación de los niñas, niños y adolescentes con discapacidad en la ciudad de Quito, capital del Ecuador, para ello se ha realizado una investigación que se inicia con un sustento bibliográfico que ha profundizado en temas acerca de la población discapacitada en Ecuador, el derecho a la educación, las acciones afirmativas en la legislación ecuatoriana para la educación de niños con discapacidad y el enfoque multidisciplinario de la discapacidad. Se ha sustentado adicionalmente con una investigación de campo de soporte, definida como una investigación mixta, de tipo descriptiva con diseño de campo, exploratoria y con un alto contenido de revisión documental, para lo cual se ha realizado un análisis de caso limitado a una Unidad Educativa pública del Distrito Metropolitano de Quito, la cual es representativa de las escuelas públicas del país, mismas que representan el 76% de la población estudiantil, permitiendo con ello realizar un primer acercamiento exploratorio a la realidad del país y con ello realizar el respectivo análisis con el sustento normativo y bibliográfico. Entre los principales resultados obtenidos, se pudo determinar que las instalaciones físicas de la Unidad Educativa Darío Guevara Mayorga no cuentan con áreas académicas especializadas, sanitarias, recreativas y bibliotecas para atender a niños con discapacidades, solo con unas pocos recursos; no se ha recibido apoyo estatal para formar a los docentes para atender a los estudiantes ni para apoyar en material didáctico y becas para estos estudiantes, todo ello a pesar que en Ecuador constitucionalmente están garantizados la inclusión e integración de los niños con discapacidades en el sistema educativo nacional, a través de la Ley Orgánica de Educación Intercultural y su respectivo Reglamento y en general con un importante cuerpo legal que garantiza este derecho. Por tanto, se concluye que en la legislación se contemplan las acciones afirmativas, pero no existe una operacionalización de lo que establece la ley para que sea viable.
- ItemActivismo político en la red. ¿es el 99% suficiente para el cambio?: Análisis del rol de la Sociedad Red en la estructura del Poder según la visión de Manuel Castells(Quito: Universidad de los Hemisferios, 2016, 2016-10-03) Narváez Ruiz, Emilio EstebanEl presente trabajo de investigación tiene como objetivo general explicar la problemática en torno a la influencia de las redes de comunicación en la construcción del poder y el contrapoder político a través de la Teoría del Poder de Manuel Castells. Esta sugiere que los nuevos movimientos sociales han tenido más impacto social gracias a las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Es por esto que cotejaremos los cambios que ha tenido el activismo político, específicamente los movimientos sociales de protesta tradicionales después de la Guerra Fría hasta los nuevos movimientos sociales en adelante (NMS), siendo estos los que se han desarrollado desde el año 2000, hasta las movilizaciones presentes. Así podremos vislumbrar el papel que estos tienen actualmente en las relaciones de poder en el siglo XXI. Creemos que existen dos factores importantes que han influido de manera drástica en las formas de acción de los movimientos sociales: por un lado, el debilitamiento de las estructuras clásicas del poder, por factores como la corrupción, el autoritarismo y las fallas en el sistema representativo; por otro lado, tenemos el acelerado crecimiento de las herramientas digitales, que ha dado una plataforma virtual a la voz de la protesta, maximizando su alcance y capacidad de organización dando como resultado un empoderamiento de la ciudadanía plasmada en la comunidad global o Sociedad Red. Como Mezzadra y Raimondi explican al respecto: la globalización capitalista se ha encontrado por fin frente a su propio espectro, la posibilidad concreta de la globalización de la resistencia y las luchas. (MEZZADRA, Sandro y RAIMONDI, Fabio, 2002) En el primer capítulo se analiza la evolución del activismo político con dos ejemplos clásicos y tres ejemplos actuales, con el fin de evidenciar el cambio en las formas de protesta por la aparición de nuevas herramientas digitales, las mismas que han simplificado la organización de los conglomerados y la maximización de los resultados. Los dos primeros ejemplos fueron escogidos por ser de los más grandes e importantes en el ciclo de movilizaciones abiertas de las décadas de los sesentas y setentas. Época que por mucho dio las bases históricas para el desarrollo de los estudios de los movimientos sociales utilizados hasta ahora. Consideramos que tanto Mayo del 68 como las Protestas contra la Guerra de Vietnam son los ejemplos más conocidos por la cantidad de gente que movilizaron y por la fuerza del tema de su lucha, por lo que podemos decir que nos dejan ver de mejor manera las características principales de las movilizaciones y el activismo político de este tiempo. El esclarecimiento de las formas de protesta de los años 60 y 70 nos permitirá visualizar el avance y los cambios que se han dado al momento de compararlos con los movimientos actuales. Como lo mencionamos antes, para la segunda parte del primer capítulo se han escogido 3 ejemplos de movilizaciones actuales. El paradigma del Internet como una herramienta viable de activismo político coge fuerza después del boom en Internet que tuvo Obama en su campaña política “Yes we can” del 2008. Esto hace que los mecanismos de participación ciudadana se rediseñen con miras a las puertas digitales del mundo online haciendo que no solo el activismo político en campaña se rediseñe, sino que las futuras manifestaciones también utilicen los nuevos canales de comunicación en busca de un espacio en el debate público. El caso de Túnez fue escogido por ser la primera experiencia en la que los ciudadanos se apoyaron en la plataforma virtual para convocar y organizarse. Túnez es elemental en el análisis ya que fue el inicio de la Primavera Árabe, en donde la nueva biósfera informativa a organización de los conglomerados y la maximización de los resultados. Los dos primeros ejemplos fueron escogidos por ser de los más grandes e importantes en el ciclo de movilizaciones abiertas de las décadas de los sesentas y setentas. Época que por mucho dio las bases históricas para el desarrollo de los estudios de los movimientos sociales utilizados hasta ahora. Consideramos que tanto Mayo del 68 como las Protestas contra la Guerra de Vietnam son los ejemplos más conocidos por la cantidad de gente que movilizaron y por la fuerza del tema de su lucha, por lo que podemos decir que nos dejan ver de mejor manera las características principales de las movilizaciones y el activismo político de este tiempo. El esclarecimiento de las formas de protesta de los años 60 y 70 nos permitirá visualizar el avance y los cambios que se han dado al momento de compararlos con los movimientos actuales. Como lo mencionamos antes, para la segunda parte del primer capítulo se han escogido 3 ejemplos de movilizaciones actuales. El paradigma del Internet como una herramienta viable de activismo político coge fuerza después del boom en Internet que tuvo Obama en su campaña política “Yes we can” del 2008. Esto hace que los mecanismos de participación ciudadana se rediseñen con miras a las puertas digitales del mundo online haciendo que no solo el activismo político en campaña se rediseñe, sino que las futuras manifestaciones también utilicen los nuevos canales de comunicación en busca de un espacio en el debate público. El caso de Túnez fue escogido por ser la primera experiencia en la que los ciudadanos se apoyaron en la plataforma virtual para convocar y organizarse. Túnez es elemental en el análisis ya que fue el inicio de la Primavera Árabe, en donde la nueva biósfera informativa apalancó la participación de la gente en los países del Oriente Medio y del Magreb. El caso de Islandia fue escogido porque de la ola de nuevas protestas que utilizan la biósfera informativa, este en particular, fue de los pocos que logró implementar verdaderos mecanismos de participación ciudadana involucrando a las nuevas herramientas digitales como redes sociales que fueron utilizadas para la redacción de una nueva Constitución en base a una verdadera propuesta de democracia directa. El tercer caso que estudiaremos es el de Ocuppy Wall Street. Siendo este el caso central de nuestra investigación, por ser a nuestro parecer, el ejemplo más claro en el que se puede divisar la verdadera utilidad de las herramientas en la plataforma virtual y a su vez la fuerza que esta le da a los grupos de presión en las relaciones de poder. Como se profundizará al final del segundo capítulo, en esta movilización la gente utilizó ampliamente las redes sociales para movilizar la gente a las calles, para la organización de los grupos de acción, para la concientización y el despliegue global de la protesta. Como ya lo señalaba en 1998, Pedro Ibarra y Benjamin Tejerina: el proceso de globalización como contexto histórico que conforma la intensidad y la dirección que está tomando la acción colectiva (Tejerina, 1998, pág. 9). En el trabajo se busca dar lugar mediante un marco histórico a la evolución que han tenido los movimientos sociales clásicos y al fenómeno que ha aparecido en las calles de las ciudades del mundo (Tyler, 2003, pág. 2), los actualmente llamados movimientos globales. Estos nuevos movimientos globales van más allá de la definición clásica de los movimientos sociales hecha por Sidney Tarrow, en donde la interacción entre elites, oponentes y autoridades son características fundamentales (Tarrow, El poder en movimiento los movimientos sociales la accion colectiva y la politica., 2004, págs. 17 - 29). Como lo veremos más adelante estos NMS insinúan una propuesta autónoma, más allá de las relaciones movimiento - partido - Estado y la respuesta o no de la administración frente a la demanda de los provocadores. En este sentido, utilizaremos al movimiento Occupy Wall Street para corroborar el hecho de que fueron la expresión de una nueva forma de política, posible y real desde una nueva estructura horizontal más allá de cualquier estructura vertical (estructura vertical entendida como estructuras institucionalizadas o de constitución formal, con una cadena de mando, como la del Estado). Como ha afirmado Slavoj Zizek estas pequeñas manifestaciones globales son los primeros pasos hacia un movimiento global, global con respecto a su contenido (pseudo anticapitalistas) así como en su forma (la rapidez con la que el alcance se despliega hace reaccionaria una protesta desde Ecuador a E.U.A. en cuestión de minutos). Es más global que el capitalismo global, ya que involucra a sus víctimas, es decir, a aquellos excluidos por la Globalización capitalista. (Zizek, 2004) El segundo capítulo se enfocará en hablar de esta decadencia de las estructuras verticales clásicas del poder, ya que como consecuencia de este hecho se ha impulsado el desarrollo de formas de actuación alternativas (estructuras horizontales) desarrolladas en base a una plataforma igualadora de poder llamada internet. Aunque autores como Tarrow, consideran que el Estado aún mantiene una centralidad en el tablero, argumentando que ha sido el principal impulsador de creación de organismos internacionales nuestro trabajo sostiene que hay un decrecimiento de poder y un incremento en las expresiones autónomas (movimientos horizontales). Así mismo en el segundo epígrafe de este capítulo nos permitiremos enfocar el trabajo en el caso de estudio concreto de OWS y dentro de este profundizaremos en las nuevas herramientas que hicieron posible el alcance global de la protesta. Esta problemática será explicada empleando la teoría de la comunicación y el poder de Manuel Castells, quien afirma que los grupos de poder mantienen dominada a la sociedad implantando discursos difundidos por los medios de comunicación masivos para una legitimización de las decisiones políticas gubernamentales y concuerda con el potencial poder de las estructuras horizontales. Y a la vez esta teoría propuesta por Castells será reforzada con aspectos presentes en el pensamiento foucaultiano y su amplio estudio de las relaciones de poder. En el tercer capítulo se explicarán los elementos teóricos por los cuales valoraremos la importancia y magnitud de estos NMS y su potencial influencia en las relaciones de poder contemporáneas. Explicaremos la dinámica con la que los grupos de poder mantienen su hegemonía en la red y al mismo tiempo los NMS ganan fuerza, basados más que todo en la Teoría de la Comunicación y el Poder propuesta por Castells. Adelantando algunos conceptos en los que profundizaremos en el epígrafe correspondiente, pero son de suma importancia mencionarlos brevemente, para tenerlos en cuenta en los primeros dos capítulos: La teoría que propone Castells nos dice que las relaciones de poder se las puede interpretar en forma de redes, en las que interactúan los diferentes caracteres. Con el desarrollo de la plataforma digital esta pugna por el poder se traslada a lo que llamaremos sociedad red, que no es más que las dinámicas de dominación, la estrategia de ataque y defensa construidas alrededor de los medios de comunicación multimodales y multicanales creadas en torno a Internet. (Castells, Comunicación y Poder, 2009, págs. 50-51) En este concepto de sociedad red, el poder está redefinido, la dominación y la resistencia a la dominación cambian de carácter según la estructura social específica. En este caso, se involucran de mejor manera los actores por la facilidad del sistema, dando paso para que se genere un contrapoder; siendo este diferente del poder que gobierna, mientras el contrapoder combate (Castells, Comunicación y Poder, 2009, pág. 81). El contrapoder se ejerce por la gente que protesta y forma parte de los movimientos sociales que ejercen resistencia y luchan contra la dominación del sistema.
- ItemAcuerdos desleales y práctica restrictiva que afecta la competencia entre los proveedores del Estado en la Contratación Pública(Quito, Universidad de los Hemisferios, 2017, 2017-03-21) Sangoquiza Morocho, Jenny PatriciaEn la presente investigación titulada: “ACUERDOS DESLEALES Y PRÁCTICA RESTRICTIVA QUE AFECTA LA COMPETENCIA ENTRE LOS PROVEEDORES DEL ESTADO EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA”, se realizó una amplia revisión bibliográfica, hemerográfica y linkográfica, con la finalidad de establecer los parámetros constitucionales y legales que se deben acatar de manera irrestricta para acceder, como proveedor, a la contratación pública de algún bien o servicio, teniendo como punto de partida la necesidad de favorecer al conglomerado social, con una postura que beneficie a ambas partes contratantes, para ello, se hizo uso de las técnicas de la investigación científica, especialmente de la técnica de gabinete implementada a través del fichaje; cabe recalcar que si implementaron varios métodos, pero sobre todo el método exegético, que permitió entender la universalidad de las normas constitucionales y legales que hacen referencia a la competencia leal en la contratación pública. Con el objetivo de remarcar la necesidad de dejar atrás la práctica desleal en la contratación pública se revisaron importantes principios constitucionales y legales afín de subrayar la necesidad de transparentar los procesos de adquisición pública de bienes y servicios, dentro del vigente Estado Constitucional de Derechos y Justicia Social, donde el ser humano y la sociedad en su conjunto se colocan en el centro del interés de la Administración Pública.
- ItemAdecuación y eficacia de las acciones judiciales como requisito previo para la procedencia de las acciones de protección constitucional(Quito: Universidad de los Hemisferios, 2017, 2017-07-11) Romero, JohannaEs apreciable que aun cuando el principio constitucional de tutela judicial efectiva y la acción de protección han sido ampliamente abordados por la doctrina, no se ha hecho ningún análisis científico particular sobre el requisito de adecuación y eficacia de la vía judicial como elemento a valorar antes de resolver dicha acción, lo que al incorporarse como tal en el artículo 40 numeral 3) en relación con el artículo 42 numeral 4), ambos de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, amerita ser analizado. En consecuencia, se trata de un estudio novedoso que pretende dicho aporte concreto al ámbito de la justicia constitucional ecuatoriana, en tanto mecanismo de amparo y reparación de las violaciones de derechos humanos. La acción de protección está prevista como un mecanismo de tutela judicial efectiva de los derechos previstos en la Constitución de la República de Ecuador de 2008 que, en lo esencial y según el artículo 88 de este propio cuerpo jurídico, podrá interponerse contra actos u omisiones de una autoridad pública no judicial, políticas públicas que de alguna manera afecten el ejercicio de los derechos constitucionales e incluso si la falta procede de una persona natural que actúe en prestación de servicios públicos impropios, por delegación o concesión o si el ofendido se halla subordinado a aquella, indefenso o discriminado, sin mayores requisitos de procedibilidad. Sin embargo, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional incorpora por medio de su numeral 3) una exigencia adicional: que no exista algún otro mecanismo de defensa judicial adecuado y eficaz para proteger el derecho vulnerado. En idéntico sentido, el numeral 4) del artículo 42 de la propia Ley señala entre los motivos de improcedencia de la acción de protección el hecho de que el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, excepto que esta no fuese ni adecuada ni eficaz, es decir, que reitera similares conceptos. En principio, la pertinencia del mentado requisito no podría ser cuestionada, pues los mecanismos procesales constituyen medios para la realización de la justicia, tal como ha consagrado el artículo 169 de la Constitución vigente, y no es menos cierto que a través de ellos 2 las personas pueden hacer valer sus derechos de cualquier naturaleza, incluso los constitucionales y todos los derivados de instrumentos internacionales de derechos humanos, que serán de directa aplicación por cualquier servidor judicial según dispone el numeral 3) del artículo 11 de la propia Carta Magna ecuatoriana. No obstante, una de las dificultades que enfrenta el citado requisito de procedibilidad para el ejercicio de la acción de protección es la dificultad de determinar cuáles son las pautas o baremos que permiten al juez constitucional discernir la adecuación y eficacia de los mecanismos de defensa judicial que pueden estar a disposición de las partes. En esencia, los criterios de adecuación y eficacia son conceptos extrajurídicos, de modo que no aparecen delimitados con claridad en las normas. Luego, es imperativo en primer lugar de la jurisprudencia y en segundo de la doctrina uniformar su entendimiento, pues mientras se mantengan imprecisos aquellos pueden dar lugar a interpretaciones erróneas que terminarán afectando la adecuada impartición de justicia. Por otro lado, si bien la Corte Constitucional del Ecuador sentó algunas pautas respecto al procedimiento a seguir sobre la inadmisión de una acción de protección, a través de su sentencia No. 102-13-SEP-CC en el Caso No. 038-10-EP, y definió los términos “adecuado y eficaz” por medio de la sentencia No. 001-16-SEP-CC dictada en el Caso No. 0530-10-JP, no esclareció cuáles son los criterios en los que se ha de basar el juez constitucional para desestimarla por causa de la existencia de otros mecanismos judiciales de defensa adecuados y eficaces.
- ItemAfectación al proyecto de vida de la ciudadana María Dolores Haro Mancheno por la vulneración a su derecho constitucional a la identidad.(Quito: Universidad Hemisferios 2023, 2023-03-16) Rojas Haro, Camilo RamónAproximadamente desde 1993 una persona desconocida suplantó la identidad de la ciudadana María Dolores Haro Mancheno, lo hizo a través del Registro Civil, quien incorporando a sus registros una cédula falsificada, emitió documentos como partidas de nacimiento y cédulas de identidad, mismos que sirvieron para que la suplantadora haga uso jurídico de esta identidad. Pues, el Estado reconoció que la identidad jurídica ‘’María Dolores’’ pertenecía a quien tales documentos señalaban. En el año 2013 la suplantadora falleció y con estos instrumentos, se inscribió su defunción, privando a su legítima titular del reconocimiento de su existencia jurídica. Pese a múltiples denuncias al Estado en tal institución, nunca se tomaron medidas eficaces para resolver esto. Al contrario, el Registro Civil, dispuso que ella misma resuelva el problema que ellos generaron. Permaneciendo jurídicamente como fallecida, afectando gravemente su proyecto de vida y derechos. El presente trabajo, determina el marco de responsabilidad del Registro Civil, y como privar del derecho a la identidad afectó otros derechos constitucionales, así como su trascendencia en el proyecto de vida de la ciudadana. Finalmente, como conclusión principal, se propone la acción de protección como medida para reparar los daños a su derechos y proyecto de vida.
- ItemAlternativas al sistema carcelario desde las teorías críticas y la perspectiva de Derechos Humanos.(Quito: Universidad Hemisferios 2024, 2024-05-30) Viteri Baquero, Pamela MisheleEl presente trabajo de investigación se articula desde una perspectiva crítica, histórica y jurídica. Mediante este enfoque, se busca comprender de manera más amplia el fenómeno carcelario, analizándolo no sólo como una institución, sino como articulación de distintas dinámicas de poder. Asimismo, el objetivo es visibilizar alternativas ya existentes en el mundo, para así contribuir al debate contemporáneo sobre este tema. En el primer capítulo se analiza el origen del sistema carcelario moderno en Occidente, remontándose al surgimiento de la prisión como forma de castigo dominante, civilizatorio y humanizante a partir del siglo XVIII, bajo la influencia del pensamiento iluminista y las reformas penales de la época. Asimismo, se examina la evolución histórica del sistema penitenciario en Ecuador desde 1833 hasta 2008 y se observa el impacto de diferentes regímenes políticos en su configuración. En la segunda parte, el estudio realiza un diagnóstico de la situación de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, a partir de la Constitución del 2008 y recurriendo a informes y ecomendaciones de organismos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Además, se analiza desde el marco jurídico nacional e internacional aplicable al sistema carcelario. Finalmente, el trabajo explora alternativas al paradigma carcelario, examinando enfoques de justicia restaurativa y perspectivas abolicionistas, con el objetivo de contribuir al debate sobre la transformación del sistema penitenciario.
- ItemAmbigua interpretación y falta de seguridad jurídica en la aplicación del principio de precaución.(Quito: Universidad Hemisferios 2024, 2024-06-28) Proaño Cruz, Cristian AlejandroEl presente trabajo de investigación tiene como objeto demostrar mediante una recopilación bibliográfica, todo lo que hasta el momento comprende el derecho ambiental; sus orígenes, legislación comparada, y algunos paradigmas trascendentales reconocidos nuestra normativa. El Derecho ambiental al ser una rama en desarrollo; existen algunos vacíos normativos que pueden llegar a afectar derechos importantes como la seguridad jurídica, la libertad de empresa, y el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. El 10 de noviembre del 2021 la Corte Constitucional expidió la Sentencia No. 1149- 19-JP/21 referente a la Revisión de Garantías generando jurisprudencia vinculante sobre los derechos de la naturaleza, el derecho a un ambiente sano, el derecho al agua y la consulta ambiental; diferenciando a lo largo de la sentencia la aplicación concreta del principio de precaución y el principio de prevención. El contenido de la sentencia y la aplicación de la normativa genera un avance significativo en todas las disposiciones que regulan la protección del medio ambiente; sin embargo, el fondo de la sentencia puede ser bastante cuestionable al aplicarse de forma retroactiva, los estándares creados por la jurisprudencia constitucional en la resolución de la acción de protección que tuvo lugar en el caso seleccionado. El objetivo de la investigación es demostrar la vulneración de la seguridad jurídica a pretexto de la aplicación del principio de precaución por parte de la autoridad ambiental. Al final del mismo se exponen conclusiones motivadas y posibles recomendaciones que deberían adoptarse en nuestra normativa.
- ItemAmbigüedad en normas sobre tatuajes en relación a su propiedad intelectual.(Quito: Universidad Hemisferios 2024, 2024-02-07) Aldás Hidalgo, Alvaro AndresEn el presente trabajo se analizaron los derechos de autor basado en la propiedad intelectual, con obras artísticas como lo son los tatuajes, donde por medio de una investigación abrimos algunas problemáticas sobre la deficiencia de normas en base a tatuajes en Ecuador, donde internacionalmente ya es común ver casos de esta índole, con el fin de no desapegarnos a la actualidad global y quedarnos estancados en vacíos legales sin una norma positiva a la cual apegarnos. Además, se analizó la relevancia social que tienen los tatuajes en la actualidad y de qué manera podría afectar a cada parte, tomando en cuenta varios escenarios; las personas tatuadas por el hecho que el tatuador reconozca su obra como original, encontrando una discrepancia en tener una obra propia en un lugar del cuerpo de otra persona, permitiendo así tener el control como autor de tal obra. Constatamos el proble a, para encontrar una solución adecuada, basado en los derechos de propiedad intelectual y los derechos de la persona, tomando en cuenta las normativas que se van renovando con el cambio de épocas.
- ItemAnálisis a la ley de comunicación(2014-04-01) Benavides, Ana Belén“NO SE PUEDE FORMAR EL CARÁCTER Y EL VALOR DEL HOMBRE QUITÁNDOLE SU INDEPENDENCIA, SU LIBERTAD Y SU INICIATIVA.” ABRAHAN LINCOLN El presente ensayo tiene como objetivo brindar un conocimiento general del proceso que se llevó a cabo para la creación de la Ley Orgánica de Comunicación, así como un análisis a su articulado en el que trata de la libertad de expresión y opinión, los cuales han sido un tema muy controversial desde la creación de la Constitución del 2008. Un gobierno puede coartar muchos derechos como en un régimen socialista, pero una vez que nos coartan la libertad de pensar y de pronunciar nuestras ideas nos convertimos en un pueblo muerto, la voz del pueblo y su facultad de expresar es lo que mantiene viva la democracia.
- ItemAnálisis comparativo de la Legislación Ecuatoriana en defensa de la preservación, conservación, restauración del ecosistema de páramos en relación a las Legislaciones Colombiana, Peruana, Boliviana y Argentina.(Quito: Universidad de Los Hemisferios 2022, 2022-01-05) Espinoza Salazar, Adriana StefaniaLa presente investigación aborda uno de los problemas más importantes que existen en la actualidad y que aparece principalmente a partir de la revolución industrial, esto es, la necesidad de proteger el ambiente debido a la presión que ejercen las actividades humanas como consecuencia del desarrollo de la tecnología, del crecimiento poblacional y del consumo exacerbado entre otras causas. De allí que desde 1972 a partir de la Conferencia sobre el Medio Humano, organizada por las Naciones Unidas en Estocolmo - Suecia, se inicia un proceso de concientización de los Estados y de toma de decisiones a través de declaraciones, tratados y legislación nacional para lograr que las actividades humanas se sujeten a los límites biofísicos de los ecosistemas. Posteriormente las subsecuentes cumbres ambientales como la Cumbre de Río de 1992 constituyeron hitos que demuestran que el mundo empezó a tomar conciencia de la importancia de conservar la biodiversidad y prevenir la contaminación mediante la suscripción en la Cumbre de Río de los dos grandes tratados ambientales multilaterales como son el Convenio de la Diversidad Biológica y el Convenio marco de Cambio Climático. En este sentido, también a nivel de las distintas legislaciones nacionales de los países se fortalecen los sistemas jurídicos nacionales mediante los distintos mecanismos de protección legal del ambiente ya sugeridos por la Declaración de Estocolmo de 1972 y por la Declaración de Río de 1992. El derecho ambiental se constituye entonces en la rama jurídica encargada de realizar tal regulación, que puede efectuarse desde dos perspectivas, un enfoque antropocéntrico, que es aquel que predomina en la mayor parte del mundo y que considera al ser humano como el centro de las relaciones jurídicas como figura predominante; y el biocentrismo, corriente recientemente incorporada por las legislaciones como la ecuatoriana y boliviana, que surge con base a las ideas de los pueblos indígenas de América, que consideraban a la naturaleza como un todo integral, de la cual el ser humano es solo una parte de la misma1 . Del enfoque biocéntrico de la legislación ambiental se desprende el reconocimiento de la naturaleza como sujeto de derechos según la Constitución del Ecuador. En este contexto, en la presente investigación se realiza una aproximación que estudia el impacto de estos enfoques en la gestión del ecosistema de páramo considerando su característica de ecosistema frágil y su importancia para el equilibrio ecosistémico, realizando un estudio comparativo y buscando establecer que mecanismos son más eficaces para la defensa, la preservación, la conservación y la restauración de estos ecosistemas y si el enfoque biocéntrico ha reorientado al enfoque antropocéntrico hacia una ecologización del derecho ambiental.
- ItemAnálisis comparativo de la legislación hidrocarburífera entre Ecuador y Venezuela(Quito: Universidad de los Hemisferios, 2016, 2016-06-20) Pinto A., CarolinaEl objetivo de este proyecto es analizar la legislación hidrocarburífera de nuestro país, Ecuador, y compararlo con la legislación Venezolana ya que éste es uno de los mayores exportadores de petróleo de América del Sur y lo ha venido siendo desde la época de los sesentas en la que se formó la Organización de Países Exportadores de Petróleo (OPEP). Es necesario entender los errores que los dos países han cometido y de los triunfos que ha tenido Venezuela respecto de los hidrocarburos, su explotación y comercialización en el mundo. Ya que en la actualidad, el Ecuador no está en buen camino de una exportación exitosa del petróleo, para tal efecto, analizaré la legislación hidrocarburífera tanto de Ecuador como de Venezuela basándome en los antecedentes petroleros de ambos países, ya que para mí uno de los principales errores se encuentra en la legislación.
- ItemAnálisis comparativo de la problemática de desahucio inquilinal entre las legislaciones de Ecuador y Chile.(Quito: Universidad Hemisferios 2021, 2021-10-11) Triana Vargas, Andrea NicoleEn la presente investigación es preciso realizar un recorrido por la historia y evolución del derecho civil, específicamente en la parte que hace referencia al contrato. Entendiendo que un contrato puede ser un acuerdo de voluntades, para legalizarlo debe existir el consentimiento de ambas partes, además de requerir ciertas formalidades que exige la ley en casa caso determinado. Siglos atrás al manejo de los contratos no se le daba el tratamiento antes indicado: cuando surgen los primeros grupos de personas que marcaron la existencia de la humanidad, ya se apreciaban actuaciones que hacían alusión a lo que actualmente llamamos contratos aunque carecían de formalidad, con el pasar del tiempo esto fue evolucionando, empezando por los aportes de Sócrates cuando se refería a que todo el que contraiga una obligación genera para sí mismo responsabilidad de resarcirla, cuando surgieron las primeras leyes, como la ley de las VII tablas, el derecho era regido de la misma manera como un todo, poco a poco el derecho fue evolucionando y progresivamente las leyes, ocasionando esto el surgimiento de las ramas del derecho. En los cuerpos normativos se empiezan a incluir los derechos de los ciudadanos y los que son competencia especifica del Estado: como el derecho a una vivienda digna- En esta línea, el legislador ve la necesidad de emitir una Ley civil, que regule los contratos, sus tipos y elementos. Dentro de los tipos de contratos, se contempla el contrato de arrendamiento, que no es más que la voluntad de dos personas, donde una se obliga a entregar un bien para uso, mientras que la otra se obliga a pagar un canon de arrendamiento mensual. En atención a la regulación del contrato de arriendo, uno de los aspectos que ocasiona cierta inseguridad, es la figura del desahucio, que no es más que el derecho que posee el propietario del bien a desalojar al inquilino por la falta de pago de las cuotas mensuales, dichos cánones de arrendamiento deben quedar legalmente establecidos en el contrato, ahora bien, se ha generado un procedimiento especial que regirá estos casos, a los fines de garantizar una justicia mucho más expedita y equitativa. 3 Esta es una situación que no solo se plantea en el territorio ecuatoriano sino también en otros países. La gran diferencia radica en la evolución jurídica que ha tenido este tema en otros Estados, como es el ejemplo del caso de estudio en Chile, donde ya existen varios cuerpos normativos que regulan la materia, como la Ley de Arriendo de Predios Urbanos y la Ley de Arriendo para propiedades con contratos de Compraventa. La finalidad de esta investigación ha sido comprar ambas legislaciones para dejar claro que en Ecuador es necesaria la evolución del derecho civil en esta materia de Inquilinato. Con ello, se pretende buscarla solución a los conflictos que vivimos a diario y que se han acrecentado con los factores externos, que han surgido en este último año, como por ejemplo la pandemia del COVID-19. Fruto del análisis referido, se plantea una reforma a la ley de inquilinato y demás ordenamientos normativos relacionados. Además, una clara redacción de un procedimiento de desahucio, que no solo garantice los derechos de una de las partes, sino de ambas. Con ello se busca garantizar la seguridad jurídica como principio fundamental de nuestra Constitución.
- ItemAnálisis comparativo del pliego de peticiones en los conflictos colectivos del trabajo en la Legislación Ecuatoriana y Colombiana.(Quito: Universidad de Los Hemisferios 2020, 2020-11-03) Zambrano Villavicencio, Lais NicoleEl presente trabajo de titulación mantiene como objetivo el análisis del “Pliego de Peticiones” como herramienta legal a favor de la clase trabajadora en la solución de un conflicto colectivo de trabajo frente al incumplimiento del contrato colectivo o en miras de buscar mejores condiciones laborales. El Código de Trabajo ecuatoriano es la normativa donde se encuentran reguladas las relaciones entre trabajadores y empleadores, contemplando la figura jurídica del “Pliego de Peticiones” con su debido procedimiento, en concordancia a los derechos que consagra la Constitución. El presente estudio estará basado en el método analítico sobre lo que constituye el Derecho Colectivo de Trabajo con sus respetivas instituciones, la sustanciación del pliego de peticiones en Ecuador y un estudio comparativo con lo que prevé la legislación colombiana, obteniendo un criterio jurídico que conserva afinidad con el desarrollo del procedimiento del pliego de peticiones en la legislación ecuatoriana.
- ItemAnálisis crítico de la constitucionalidad, legalidad y funcionalidad de los numerales 2 y 4 del artículo 106 del código de la niñez y adolescencia(Quito-Ecuador, Universidad de los Hemisferios, 2015, 2015-09-10) Crespo Álvarez, Pablo JoséCreencias tales como la mayor aptitud de la madre para el cuidado de los hijos, o un apego más pronunciado de los menores hacia aquella, han dado como resultado legislaciones que en materia de patria potestad prefieren, al menos como regla general, a la madre frente al padre. En el caso particular de la legislación ecuatoriana esto deriva en una violación flagrante de normas constitucionales. Además, este tipo de disposiciones resultan incongruentes con la generalidad del ordenamiento legal y contrarias a los principios rectores de la materia. En la práctica por otro lado, causan efectos negativos al vulnerar el bienestar de los hijos, lo cual se contradice con el principio de Interés Superior del Niño, base fundamental hacia donde debe apuntar toda legislación infantil. En tal virtud, cabe realizar un análisis responsable y detenido sobre la norma, con miras al equilibrio debido, que haga posible la coexistencia de derechos y obligaciones armoniosamente.
- ItemAnálisis de artículos de la constitución de la República de Ecuador.(Quito: Universidad Hemisferios 2021, 2021-06-30) Sáenz Andrade, Pablo AndrésEl presente trabajo desarrolla un análisis desde el punto de vista histórico y práctico de la evolución tanto de derechos fundamentales, así como de instituciones establecidos en la Constitución de la República del Ecuador. Este análisis contrasta el reconocimiento constitucional, así como su efectividad tanto de derechos y garantías fundamentales, así como de las instituciones examinadas. Tanto el análisis como los comentarios son personales, sin embargo, estos se fundamentan en jurisprudencia y doctrina. Desde esta perspectiva práctica y teórica dilucidamos la sustancia contenida en la Constitución de la República del Ecuador. Los artículos analizados han sido seleccionados de acuerdo con la importancia práctica observada por el autor, y en otros casos, por contener elementos especiales o sui generis, cuyo contenido no es habitual en una Carta Magna. No obstante, en todos se puede observar una evolución a lo largo del tiempo y la forma en que el Derecho evoluciona de acuerdo con los cambios sociales o políticos de un Estado.
- ItemAnálisis de artículos de la Constitución de la República de Ecuador.(Quito: Universidad Hemisferios 2022, 2022-11-21) Pallares Sevilla, Martín DiegoEl presente trabajo tiene como objetivo el analizar diferentes artículos de la Constitución Política de la República del Ecuador de 2008, con un enfoque preliminar en los novedosos derechos otorgados a las comunidades y pueblos indígenas, así como a la naturaleza, y un repaso a los derechos a la intimidad y sus protecciones. El trabajo analiza los artículos, así como la evolución que han sufrido cada uno durante las diferentes constituciones vigentes en cada momento que ha tenido el país.
- ItemAnálisis de artículos de la Constitución de la república del Ecuador(Quito: Universidad de los Hemisferios, 2015, 2015-12-18) Khamashta Barciona, María Guadalupe
- ItemAnálisis de artículos referentes a la educación en la Constitución ecuatoriana(Quito: Universidad de los Hemisferios, 2016, 2016-06-22) Brown Lavalle, AlbertoArt. 356.- La educación superior pública será gratuita hasta el tercer nivel. El ingreso a las instituciones públicas de educación superior se regulará a través de un sistema de nivelación y admisión, definido en la ley. La gratuidad se vinculará a la responsabilidad académica de las estudiantes y los estudiantes. Con independencia de su carácter público o particular, se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso, en la permanencia, y en la movilidad y en el egreso, con excepción del cobro de aranceles en la educación particular. El cobro de aranceles en la educación superior particular contará con mecanismos tales como becas, créditos, cuotas de ingreso u otros que permitan la integración y equidad social en sus múltiples dimensiones. GÉNESIS HISTÓRICA: C. (1945) Art. 143.- (…) La educación oficial es laica y gratuita en todos sus grados. Ni el Estado ni las Municipalidades pueden subvencionar otra educación que ésta; pero los servicios sociales serán suministrados, sin diferencia alguna, a todos los alumnos que los necesiten. (…) C. (1946) Art. 171.- Las Municipalidades podrán subvencionar la enseñanza particular gratuita. Estas subvenciones no excederán del 20% de las rentas destinadas a educación. El Ejecutivo, cuando estime conveniente suministrar alguna ayuda, necesitará la aprobación del Consejo de Estado, para prestarla. La enseñanza primaria y la de artes y oficio, de carácter oficial, son gratuitas; y la primaria, sea oficial o particular, es obligatoria. Los servicios sociales escolares serán suministrados, sin distinción, en los establecimientos gratuitos, oficiales o particulares, a los alumnos que los necesitaren. Art. 173.- El Estado fundará y mantendrá establecimientos especiales de enseñanza gratuita, de artes, oficios, comercio, agricultura y demás medios de trabajo remunerado, que serán, a la vez, de educación moral y cívica. En las escuelas y colegios se cultivarán, en secciones especiales de enseñanza objetiva, las aptitudes de los alumnos para el trabajo lucrativo.
- ItemAnálisis de la aplicación del procedimiento directo en la fiscalía No. 5 de la unidad de delitos flagrantes de Quito desde el 10 de agosto del 2014 a mayo del 2015(Quito: Universidad de los Hemisferios, 2016, 2016-02-17) Sandoval Morocho, Nelson RobertoEn el presente ensayo, realicé un análisis de la aplicación del Procedimiento Directo, que es una incorporación jurídica del Código Orgánico Integral Penal, que entro en vigencia el 10 de Agosto del 2014. Como primer análisis, me enfoque en las clases de procedimientos que se aplica en materia penal, identificando tantoel procedimiento ordinario y los procedimientos especiales, y es que, dentro de los procedimientos especiales se encuentra el Procedimiento Directo. Haciendo una revisión breve de la evolución histórica del Procedimiento Directo, continuo enfocándome principalmente en los presupuestos jurídicos, características, que debe de reunir el Procedimiento Directo, especialmente para que tipo de delitos es aplicable esta figura jurídica, las solemnidades jurídicas que deben de reunir desde la Audiencia de Calificación de Flagrancia, seguido de la presentación oportuna de la prueba hasta llegar a la instalación de la Audiencia de Procedimiento Directo. El tipo de recurso que se puede aplicar posterior a la sentencia, para finalmente revisar estadísticas de la aplicación del Procedimiento Directo en los primeros 10 meses de vigencia del COIP, información proporcionada por la Fiscalía Nº5 de la Unidad de Flagrancia de Quito.